jueves, 18 de febrero de 2016

DIF Estatal capacita sobre nueva Ley de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes

Comunicado No. 1239/16

Aguascalientes, Ags., a 18  de febrero  de 2016

DIF ESTATAL CAPACITA SOBRE NUEVA LEY DE

PROTECCIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

·         Existe un compromiso de los tres órdenes de gobierno para coadyuvar en el cumplimiento de los objetivos del nuevo marco jurídico

·         Las niñas, niños y adolescentes, tienen derecho a ser informados sobre el estado y probable curso de su situación legal y social, mediante un lenguaje claro y acorde a su edad

El DIF Estatal capacitó a los DIFs municipales sobre las nuevas facultades de la Ley

de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de garantizar la integridad de estos grupos de la población.


La finalidad es que los DIFs municipales conozcan los sistemas y mecanismos que existen en el estado, para proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes, consagrados en la nueva legislación.

La procuradora de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, Guadalupe Sánchez Valdés, explicó que estos cursos son parte de la colaboración institucional impulsada por el gobernador Carlos Lozano de la Torre y la presidenta del DIF Estatal, Blanca Rivera Rio de Lozano.


La idea es articular esfuerzos, que salvaguarden el adecuado desarrollo físico y emocional de estos sectores vulnerables, precisó la funcionaria.

Sánchez Valdés impartió la plática "Las medidas urgentes de protección especial en relación con niñas, niños y adolescentes", en donde subrayó el compromiso que existe entre los tres órdenes de gobierno, para coadyuvar en el cumplimiento de los objetivos del nuevo marco jurídico.


Hizo notar que también se contempla la participación de los sectores social y privados, para asegurar el ejercicio pleno de los derechos de la niñez y adolescencia.

En esta capacitación, que se efectuó en las instalaciones de Casa Club del DIF Estatal, señaló que como servidores públicos, deben procurar la inclusión de la niña, niño o adolescente y su familia, en forma conjunta o separada, en los programas de asistencia social, de salud y educativos, así como actividades deportivas, culturales, artísticas o cualquier otra actividad recreativa al que puedan incorporarse por sus características.

Asimismo, deben estar atentos para canalizar a la instancia correspondiente cualquier asunto de tratamiento médico, psicológico o psiquiátrico de la niña, niño o adolescente o de su madre, padre, representante o responsable legal.

Resaltó que se tiene que tener especial vigilancia para realizar la separación inmediata  de la niña, niño o adolescente de actividades laborales, y además tener la declaratoria de compromiso de su padre o representante legal en donde manifieste el respeto a los derechos de los menores de edad.

Indicó que cuando un infante o adolescente se encuentre en peligro, primeramente se debe recurrir al acogimiento por parte de la familia extensa o ampliada, y como último recurso debe ser el acogimiento institucional, evitando con ello que sea ingresado a un centro de asistencia social.

Sostuvo que una vez dictadas las medidas de protección especial debido a que está en riesgo su integridad, las niñas, niños y adolescentes, tienen derecho a ser informados sobre el estado y probable curso de su situación legal y social, mediante un lenguaje claro y acorde a su edad y nivel de desarrollo evolutivo, cognitivo y madurez.

Destacó que la persona que proporcione la información a las niñas, niños y adolescentes deberá ser un profesional especializado en infancia, y procurará explicar los motivos por los que se tomó la medida de protección especial, el curso probable de su situación, y toda la información tendiente a proporcionar certidumbre y reducir el impacto emocional que pudieran producir la ejecución de dichas medidas.

Las autoridades deberán solicitar al Ministerio Público competente la imposición de medidas urgentes de protección especial idóneas, cuando exista riesgo inminente contra la vida, integridad o libertad de niñas, niños y adolescentes, quien deberá decretarlas a más tardar, durante las siguientes tres horas a la recepción de la solicitud, dando aviso inmediato a la autoridad jurisdiccional competente, concluyó Guadalupe Sánchez Valdés, procuradora de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Ditulis Oleh : Unknown // 1:32 p.m.
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